Contratista y contratante

Cambios en la reforma pensional para contratantes y contratistas

A partir del 1 de julio de 2025, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 7 y 21 de la ley 2381 de 2024 (reforma pensional), los contratantes se encuentran obligados a realizar los aportes al sistema general de seguridad social por sus contratistas.

¿Qué cambia para los contratantes?

  • Deberán realizar los descuentos correspondientes al monto a cotizar (16% por pensión, 12.5% por salud y el porcentaje correspondiente a ARL, salvo que se trate de riesgo IV o V) sobre el 40% del valor mensualizado de los honorarios.
  • Deberán diligenciar la planilla PILA correspondiente y realizar los pagos a nombre del contratista.

¿Que cambia para los contratistas?

  • Ya no requieren hacer pagos anticipados de aportes, ni podrá ser un requisito para el pago de honorarios.
  • En caso de múltiples contratos, se realizarán aportes por cada contrato por parte del contratante.

Los contratantes serán ahora responsables no solo por la revisión de los pagos al sistema, sino que podrán responder ante la UGPP por omisiones o inexactitudes en el pago de los aportes de sus contratistas.

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